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GOLPE JUDICIAL A “LEO REY”: PIDEN PROHIBIRLE USAR SU NOMBRE EN CONCIERTOS Y EVENTOS

El ex trabajador y sonidista Luis Alberto Meza Santa Cruz aún no logra cobrar un crédito laboral que persigue judicialmente. Su abogado, Cristóbal Sánchez Díaz, solicitó al Tribunal de Cobranza Laboral de San Felipe que se prohíba temporalmente la utilización comercial de la marca “Leo Rey”.

Una particular disputa judicial podría terminar impactando directamente la actividad artística de “Leo Rey”. El ex trabajador y sonidista Luis Alberto Meza Santa Cruz recurrió al Tribunal de Cobranza Laboral de San Felipe para intentar hacer efectivo el pago de un crédito laboral que mantiene pendiente de cumplimiento.

Meza Santa Cruz figura como ejecutante en la causa RIT C-3-2015, caratulada “Meza/Leiva”, y en su presentación solicita el desarchivo de la causa y la continuación de su tramitación.

La presentación fue realizada por el abogado Cristóbal Sánchez Díaz, del conocido estudio jurídico Problemas.cl , quien asumió el patrocinio y poder del ejecutante en esta nueva etapa del proceso.

LA MARCA “LEO REY” EN LA MIRA

En el escrito, Meza Santa Cruz señala como bien para la traba de embargo la marca denominada “Leo Rey”, registrada ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) bajo el N.º 908230 y cuyo titular es identificado en la presentación como el ejecutado Cecil Leonardo Leiva Reyes.

El punto más llamativo aparece en el quinto otrosí, donde se solicita al tribunal decretar una medida precautoria para impedir que el ejecutado pueda disponer, gravar, ceder, licenciar o explotar económicamente la marca mientras continúa el proceso de cobranza.

Pero la petición va todavía más lejos.

El abogado solicita que la medida cautelar incluya una orden temporal de abstención de uso comercial del nombre y signo distintivo “Leo Rey”, de manera que el ejecutado se abstenga de utilizarlo, explotarlo, autorizarlo o permitir su uso en nuevas presentaciones artísticas, festivales, conciertos, eventos, espectáculos o actividades de carácter comercial.

DE UNA DEUDA LABORAL AL NOMBRE ARTÍSTICO

La presentación sostiene que la marca “Leo Rey” constituye un activo intangible susceptible de explotación económica y señala que actualmente el ejecutado continúa utilizándola en diversas presentaciones artísticas, festivales, conciertos, eventos y espectáculos públicos.

Según el escrito, mientras permanece pendiente la satisfacción del crédito, existe el riesgo de que puedan celebrarse nuevos contratos, compromisos, autorizaciones o licencias vinculados a la explotación de la marca, lo que podría dificultar las posibilidades de obtener el pago perseguido.

Por ello, la solicitud busca mantener la marca dentro del patrimonio del ejecutado y evitar que pueda ser objeto de actos de disposición o nuevas obligaciones contractuales que comprometan su valor o disponibilidad.

¿PODRÍA “LEO REY” QUEDAR IMPEDIDO DE USAR SU NOMBRE?

Si el tribunal acogiera la solicitud en los términos planteados, la medida podría tener un efecto directo sobre la actividad artística del ejecutado: quedaría temporalmente restringido el uso comercial del nombre “Leo Rey” en nuevas presentaciones, festivales, conciertos y espectáculos, mientras se encuentre vigente la medida cautelar.

La propia presentación precisa que la solicitud tiene carácter provisional y cautelar y que no busca resolver definitivamente la titularidad o explotación de los derechos asociados a la marca, sino preservar las condiciones patrimoniales existentes mientras se intenta obtener el cumplimiento de la obligación.

Por ahora, el tribunal no ha decretado la prohibición. Se trata de una solicitud formulada por el ex trabajador y sonidista Luis Alberto Meza Santa Cruz, que deberá ser analizada y resuelta por el Tribunal de Cobranza Laboral de San Felipe.

El caso abre así una singular arista judicial: una deuda laboral que aún se intenta cobrar llega ahora hasta el nombre artístico de “Leo Rey” y a la posibilidad de que este continúe siendo utilizado comercialmente mientras se desarrolla la ejecución.


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