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LA JUSTICIA LE CIERRA LA PUERTA A LEO REY SIGUE ADELANTE EL COBRO DE MILLONARIA DEUDA

El Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe rechazó la solicitud de abandono del procedimiento presentada por la parte ejecutada. Ahora, los abogados del trabajador avanzarán con nuevas diligencias para identificar cuentas bancarias, ingresos, ahorros y sociedades vinculadas al artista, con el objetivo de obtener el pago de la deuda laboral. Además, se mantiene la solicitud de embargo de la marca comercial «Leo Rey».

Un nuevo revés judicial enfrenta el cantante Leo Rey, luego de que el Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe rechazara la solicitud de abandono del procedimiento presentada por la parte ejecutada, en el marco de una causa laboral que se arrastra desde hace varios años.

La resolución, dictada el 29 de octubre de 2026, a la cual tuvo acceso en exclusiva Onda Expansiva, constituye un paso relevante para el trabajador que busca obtener el pago de una millonaria deuda laboral que se mantiene pendiente y cuyo cobro ha dado origen a un procedimiento de ejecución judicial.

En su presentación, la parte ejecutada había solicitado que se declarara el abandono del procedimiento, buscando poner término a la tramitación de la causa. Sin embargo, el tribunal desestimó dicha petición.

La justicia privilegió los derechos del trabajador

En los fundamentos de su resolución, el tribunal fue categórico al señalar que el abandono del procedimiento no resulta aplicable en materia laboral, considerando que el artículo 429 del Código del Trabajo establece que los tribunales deben adoptar las medidas necesarias para evitar la paralización de los procesos.

Asimismo, recordó que el artículo 463 del mismo cuerpo legal dispone que la ejecución de los títulos laborales debe tramitarse de oficio por el tribunal.

El fallo destaca especialmente el carácter protector del Derecho del Trabajo y la obligación de los jueces de resguardar los derechos del trabajador, considerado la parte más débil de la relación laboral.

En consecuencia, el magistrado resolvió rechazar el incidente de abandono del procedimiento y ordenó que, una vez ejecutoriada la resolución, se practique una nueva liquidación del crédito adeudado.

Van por sus cuentas bancarias, ingresos y patrimonio

Pero las acciones judiciales no terminarían aquí. Los abogados del trabajador preparan nuevas diligencias destinadas a identificar los activos y recursos económicos del artista que permitan hacer efectivo el pago de la deuda.

Entre las medidas que solicitarán al tribunal se encuentra oficiar a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), con el objeto de obtener información sobre las instituciones bancarias en las que Leo Rey mantiene cuentas y productos financieros, para posteriormente solicitar los respectivos embargos, conforme a los procedimientos legales correspondientes.

Asimismo, pedirán que se oficie al Servicio de Impuestos Internos (SII) para recabar antecedentes que permitan determinar sus ingresos, actividades económicas, situación tributaria y las sociedades que ha constituido o en las que participa.

La finalidad de estas diligencias será identificar eventuales recursos, ahorros, ingresos y bienes susceptibles de embargo, así como conocer las actividades económicas desarrolladas a través de las distintas sociedades vinculadas al artista.

También buscan el embargo de la marca Leo Rey

A estas gestiones se suma la solicitud de embargo de la marca comercial «Leo Rey», presentada como otra alternativa para conseguir que el trabajador pueda recuperar los dineros que se le adeudan.

De esta manera, el rechazo de la solicitud de abandono representa un nuevo obstáculo para la estrategia de la parte ejecutada y permite que continúe avanzando el procedimiento destinado a obtener el cumplimiento de la obligación laboral.

El mensaje que deja este nuevo capítulo judicial es claro: las obligaciones laborales deben cumplirse. Y cuando una deuda con un trabajador permanece impaga, la justicia dispone de mecanismos para perseguir los bienes y recursos que permitan hacer efectivo su derecho a recibir lo que legítimamente le corresponde.


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